Séptimo Encuentro
Conclusiones del VII ENCUENTRO DE MEDIADORES - CABA - 8 de junio de 2018
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Conclusiones del VII ENCUENTRO DE MEDIADORES - CABA - 8 de junio de 2018
- “2012 - 2018: ANÁLISIS Y GESTIÓN DEL FUTURO EN LA PRÁCTICA DE LOS MEDIADORES”
- 1.RETRIBUCIÓN DE LOS MEDIADORES.
- 2.GASTOS ADMINISTRATIVOS
- 3.MATERIAS MEDIABLES – DERIVACION JUDICIAL A MEDIACION
- 4.TRANSPARENCIA EN LOS SORTEOS
- 5.MODIFICACIONES EN EL FORMULARIO DE INICIO Y DECLARACIÓN JURADA DE DATOS.
- 6.CAPACITACION GRATUITA – HOMOLOGACIÓN DE CURSOS.
- 7.JUBILACIÓN DE ABOGADOS MEDIADORES.
- 8.MEDIOS DE DIFUSIÓN.
- 9.MATRICULA DE MEDIADORES.
- 10.HOMOLOGACIÓN DE ACUERDOS. TASA DE JUSTICIA Y APORTES PREVISIONALES.
- 11.COMPAÑIAS DE SEGURO. SUPERINTENDENCIA.
- 12.TRIBUNALES DE DISCIPLINA.
- COLOFÓN:
“2012 - 2018: ANÁLISIS Y GESTIÓN DEL FUTURO EN LA PRÁCTICA DE LOS MEDIADORES”
SEDE: FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UBA
El día 8 de Junio de 2018 se llevó a cabo en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA), el “VII ENCUENTRO DE MEDIADORES 2012 - 2018: Análisis y Gestión del Futuro en la Práctica de los mediadores".
Agradecemos al Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, Profesor Emérito Ricardo J. M. Pahlen, y a la Dra. Gabriela Nasser, Secretaria General de la UBA,,que pusieron a disposición todo lo necesario para el normal desarrollo de la jornada y a la empresa Andreani S.A. que una vez más acompañó a los mediadores en este Encuentro.
También queremos hacer llegar nuestro agradecimiento a los colegas que una vez más, y como vienen haciendo desde el año 2012, nos han acompañado y han sido protagonistas de este nuevo Encuentro y a quienes hicieron llegar sus adhesiones.
CONCLUSIONES
Coordinadores de las Comisiones y/o Redactores de los Documentos y/o Colaboradores: Dra. Rosario D. Guerrero (San Martín), Dr. Juan Manuel Pereyra (Lomas de Zamora), Dra. Blanca Priotti (Bahía Blanca), Dra. Silvina Mosqueira (San Isidro), Dras. Silvina Norma Caisson (San Martín), Mabel Córdoba (Lomas de Zamora), Silvana Hanglin (Tandil), Georgina Saliani (Tandil) y Verónica Pino (Mar del Plata), Dr. Enrique Laplane (La Matanza), Dra. Viviana Peñoñori (Dolores), Dra. Evangelina Franchi (Mercedes), Dra. Sandra Conti (Quilmes), Dra. María Paola Casariego (Quilmes).
Modalidad de trabajo. En este VII Encuentro, hemos trabajado en comisiones bajo una misma propuesta: el análisis de las problemáticas que atraviesan a la Mediación y a los Mediadores, y la elaboración de acciones y estrategias y/o medidas a implementar.-
El trabajo se llevó a cabo con la participación activa de todos los presentes, y sobre la base de la construcción de consenso.
Dadas las similitudes que surgieron en las comisiones de trabajo, compartimos a continuación aquellas problemáticas y/o propuestas en las que los colegas de cada grupo coincidieron:
1.RETRIBUCIÓN DE LOS MEDIADORES.
Coincidimos que en la actualidad, no sólo los jueces de primera instancia sino también la mayoría de las Cámaras de Apelaciones Departamentales se apartan de la escala prevista en el art. 27 del Decreto Reglamentario 2530/10, disminuyendo considerablemente la retribución de los mediadores sin fundamento legal alguno y/o sobre argumentos erróneos, basándose en el desconocimiento de nuestra labor y la responsabilidad que asumimos en el ejercicio de nuestro rol de Mediadores. Consideramos que los magistrados nos identifican como si fuésemos “auxiliares de justicia”, cuando en realidad no lo somos. Los Mediadores somos Operadores de Conflictos. Este “diferencia de criterio” quizás tenga su raíz en el tema de la naturaleza jurídica del Mediador. Recordamos el trabajo que sobre este tema se desarrolló en el III Encuentro de Mediadores de la Provincia de Buenos Aires en el Departamento Judicial de La Matanza (trabajo al que remitimos).
Algunos grupos de trabajo incluso han hecho una comparación y/o análisis entre el tratamiento que se le da al rol del abogado del niño y al Mediador.
Quedó de manifiesto la inquietud de muchos colegas respecto de la necesidad de un trabajo en común y una representación directa y genuina de los Mediadores.
2.GASTOS ADMINISTRATIVOS
Se destacó la importancia de que, desde los Colegios Departamentales, se respalde el cobro de una suma fija en concepto de gastos administrativos, unificada para toda la Provincia de Buenos Aires. contemplando excepciones de 2 ius en función de las distancias y circunstancias especiales
3.MATERIAS MEDIABLES – DERIVACION JUDICIAL A MEDIACION
Otro tema que se ha reiterado sistemáticamente en nuestros Encuentros. Reclamamos una vez más que se incluyan aquellas materias que, sin estar exceptuadas de la Mediación conforme se advierte en el art. 4 de la Ley 13951, tampoco han sido incluidas por la SCJBA dentro de las que requieren la MPO.
Asimismo resaltamos la imperiosa necesidad de incluir las materias del fuero de familia y las del fuero laboral.
Que se prevea y/o instrumente el instituto de la derivación judicial a Mediación no sólo en las causas en las que ya ha intervenido un Mediador, sino en aquellas materias que a priori no han sido incorporadas dentro de las sometidas a la MPO y por sus caracteristicas justifique la intervención de un Mediador (ej: “partición de herencia”)..
4.TRANSPARENCIA EN LOS SORTEOS
Una de las tantas problemáticas por las que desde este espacio venimos reclamando desde el primer momento es la falta de transparencia de los sorteos. Solicitamos se den a conocer los algoritmos que se utilizan para realizarlos y la adaptacion al nuevo sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas SCBA (token), que rige hoy en la Provincia de Buenos Aires. PROPONEMOS que, en el marco del art. 30 de la Ley 13951-, se arbitren los medios para que, en el momento en el que el reclamante formalice su pretensión ante la RGE, se notifique del sorteo al Abogado Mediador que haya sido designado para entender en esa causa, a su domicilio electrónico (Previa inclusión de los mismos en los listados de la SCBA).
5.MODIFICACIONES EN EL FORMULARIO DE INICIO Y DECLARACIÓN JURADA DE DATOS.
Se proponen las siguientes modificaciones: a) incorporación del domicilio electrónico del mediador y letrados a fin de quede automáticamente incluido en el proceso en caso de judicializarse el conflicto y podamos ser notificados inmediatamente del inicio. b) Crear un casillero para que en caso de acciones por daños y perjuicios por accidente de tránsito con o sin lesión o muerte, el letrado denuncie el número de siniestro.
6.CAPACITACION GRATUITA – HOMOLOGACIÓN DE CURSOS.
Una vez más, insistimos en la necesidad imperiosa de que la Dirección Provincial, implemente cursos gratuitos y locales para la capacitación continua de los Mediadores y homologue los cursos y/o jornadas y/o talleres y/o actividades ofrecidas por Instituciones provinciales y nacionales.
7.JUBILACIÓN DE ABOGADOS MEDIADORES.
A las dificultades que los Mediadores venimos atravesando, muchos colegas acercaron una nueva inquietud; la de aquellos colegas que se jubilan en el ejercicio de la abogacía, pero pretenden continuar ejerciendo su rol de Mediador. El art. 26 de la Ley 13951 -reglamentado por el art. 20 del Dec. 2530/10-, exige para ser Mediador estar inscripto en los Colegios de Abogados, y estar debidamente matriculado con tres años en el ejercicio de la profesión. Solicitamos que, desde este encuadre, se prevea y habilite la continuidad del ejercicio de la Mediación al Abogado Mediador que haya alcanzado su jubilación, manteniendo la matrícula de Mediador y cumpliendo los restantes requisitos previstos en la normativa mencionada.-
8.MEDIOS DE DIFUSIÓN.
Para propiciar el reconocimiento de la Mediación y sus beneficios, proponemos que desde la autoridad de aplicación se ofrezcan charlas, cursos, jornadas de Mediación a los abogados no Mediadores y a todos aquellos que trabajan en la administración de justicia. Pero además, que se implementen los medios idóneos para acercar la Mediación a la comunidad.
9.MATRICULA DE MEDIADORES.
Desde muchos sectores, hay colegas que observan con preocupación la constante oferta por parte de algunos Colegios de Abogados de cursos de formación de nuevos Mediadores con el consiguiente aumento de la Matrícula., en detrimento del ya escaso número de causas asignadas por sorteo a cada Mediador. Por ello proponemos que el ingreso a la matrícula de nuevos abogados mediadores sea analizado en base a la necesidad real que tenga cada departamento judicial de contar con más profesionales en Mediación.
10.HOMOLOGACIÓN DE ACUERDOS. TASA DE JUSTICIA Y APORTES PREVISIONALES.
Se propone que los acuerdos celebrados en Mediación y sometidos a homologación judicial estén exentos del pago de tasa de justicia y/o su reducción en base a su voluntariedad, a la vez que se reduzca en estos casos el aporte previsional (juicio voluntario, no contradictorio); permitiría disminuir los costos de la Mediación en la Provincia.
11.COMPAÑIAS DE SEGURO. SUPERINTENDENCIA.
Arbitrar los medios para que las Aseguradoras y la Superintendencia de Seguros brinden información al solo requerimiento del mediador, sobre la existencia de acuerdo y en su caso, acerca del monto que se ha abonado en concepto de indemnización, y a la vez arbitrar los medios para que el Mediador pueda anoticiar a la Superintendencia cuando una Aseguradora incumpla con sus obligaciones con la Ley 13951..
12.TRIBUNALES DE DISCIPLINA.
Se analizó la necesidad de que los Tribunales de Disciplina se integren para intervenir en dichos casos-, con Abogados Mediadores. Debe existir la posibilidad de ser Juzgado por pares, y no por quienes desconocen el sistema,
COLOFÓN:
Estas no son las únicas dificultades que atravesamos los Mediadores en nuestra labor cotidiana; son las que hemos resaltado en este trabajo en comisiones. Y respondiendo a la propuesta de trabajo y agenda del día, pensamos también en el camino a seguir dentro de este largo tramo que han iniciado los Encuentros de Mediadores en el año 2012. Por ello, tenemos la convicción de que en este momento, resulta oportuno modificar nuestra política de acción ante los distintos poderes del Estado, y los organismos que hacen a la competencia de nuestra actividad, siendo indispensable darle a este espacio otro marco, conformando una asociación con personería jurídica con un objeto amplio que contemple la complejidad de la actividad . Asimismo y advirtiendo la necesidad de que este espacio llegue a todos los colegas e incluso también a aquellos operadores que no resultan ser Mediadores, proponemos la creación de la página web de los Encuentros de Mediadores.
Por todo esto, los Mediadores participantes de este VII Encuentro reunidos en Plenario, reconociendo la necesidad de instrumentar una mejor representación de nuestros intereses, ejercer la defensa plena de nuestros derechos y el desarrollo de las propuestas de difusión de la Mediación, asumimos la decisión de transformar este ENCUENTRO DE MEDIADORES en una Asociación Civil.
Al elegir autoridades, se tomó como criterio la necesidad de reflejar la diversidad de nuestra actividad de acuerdo al territorio, el compromiso con la defensa de la mediación y el trabajo realizado en este espacio. Asi, la Comisión Directiva quedo integrada de la siguiente manera:
PRESIDENTE Dr. Enrique A. Laplane (La Matanza)
VICEPRESIDENTE 1ro. Dra. Silvana N. Hanglin (Tandil)
VICEPRESIDENTE 2do. Dra. M. Sandra Conti (Quilmes)
SECRETARIA Dra. Silvina Norma Caisson (San Martín)
PROSECRETARIA Dra. Rosario D. Guerrero (San Martin)
TESORERO Dr. Juan Manuel Pereyra (Lomas de Zamora)
PROTESORERO Dra. Marcela Silvina Mosqueira (San Isidro)
VOCAL TITULAR Dra. Verónica G. Pino (Mar del Plata)
VOCAL TITULAR Dra. Norma Viviana Peñoñori (Dolores)
VOCAL TITULAR Dra. Evangelina N. Franchi (Mercedes)
VOCAL TITULAR Dra. Giselle N. Suarez (Avellaneda-Lanús)
VOCAL SUPLENTE 1ro. Dra. Blanca C. Priotti (Bahía Blanca)
VOCAL SUPLENTE 2do. Dr. Fernando P Giordano (San Isidro)
Revisor de Cuenta titular Dr. Leonardo J. Valsechi (Avellaneda- Lanús)
Revisor de Cuenta 2da. Dra.Yolanda González González (T. Lauquen
Elegidas las autoridades, se decidió que el nombre para esta nueva Asociación, sea Encuentro de Mediadores Asociación Civil (E.M.A.C.). Se redactó el correspondiente Acta Constitutiva, la que fue suscripta por todos los colegas presentes en el auditorio.
El presente documento, será elevado por ante la Direccion Nacional de Mediacion y Dirección Provincial de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (DPMARC), la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA), Colegios de Abogados Departamentales, Centros de Mediación y/o Institutos de Mediación de los Colegios de Abogados Departamentales, Institutos de Mediación de Universidades, Colegios y/o Asociaciones de Funcionarios y Magistrados Departamentales.
Asimismo será publicado en la página de Encuentros de Mediadores próxima a crearse, y difundido por mail y en redes sociales.
De este modo, se dio por finalizado el VII Encuentro de Mediadores, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes de Junio de 2018.-