La Mediación en el Ámbito Escolar
Dr. Ruben Veiga
Algunas aclaraciones preliminares
Ante todo, conviene hacer una aclaración respecto del alcance de la expresión “ámbito”, toda vez que la doctrina no se termina de poner de acuerdo respecto de qué decimos cuando decimos “ámbitos de aplicación”; en principio escojo esta expresión porque si nos atenemos a una de las acepciones del Diccionario de la Lengua Española, vemos que ámbito es el “Espacio ideal configurado por las cuestiones y problemas de una o varias actividades o disciplinas…”; razón por la cual me inclino por seguir esta línea de pensamiento, independientemente de reconocer que el ámbito desde el punto de vista físico o geográfico (lugar o espacio donde se realiza o se lleva a cabo tal o cual cosa) nos resultaría insuficiente a la hora de pensar en la mediación, ya que en ese mismo lugar, imaginemos un estrado judicial para las mediaciones prejudiciales, pueden tratarse –por ejemplo- cuestiones o temas de familia (mediación familiar) o de violencia (mediación penal), aunque éstos escapen aún al terreno de la legislación nacional. Están aquellos que, por una u otra razón fundamentada por cierto, prefieren utilizar expresiones como “contextos” (Diez y Tapia, Duffy, Grosch y Olczak), “ambientes” (Folberg, Taylor), “Áreas o temáticas” (Sparvieri), “escenarios” (Jares, Bauman), etc.; sin perjuicio de ello, sigo inclinándome al igual que la mayoría de los autores, una vez formuladas estas aclaraciones, por la expresión que titula este tema. Finalmente, deseo asentar que tampoco hay acuerdo unánime respecto de cómo aludir al campo específico de cada uno de estos ámbitos, contextos, áreas…ello así, a lo que algunos les denominan –por ejemplo- mediación escolar, otros les llaman mediación educacional, otros mediación educativa.
Sabido es que la mediación -tanto el proceso como sus principios y estrategias- se aplica en diversos espacios a la hora de colaborar en la tarea de resolver conflictos, de una manera creativa y no adversarial.
Estos lugares de aplicación son múltiples y polifacéticos, toda vez que abarcan desde cuestiones inherentes a lo familiar hasta los diferendos de convivencia internacional, desde la simple disputa en la comunidad de pertenencia hasta los mismos conflictos que se generan en situaciones extremas de riesgo.
Ello así, independientemente de la aclaración respecto de cómo llamarle a cada uno de los campos de acción, resulta hoy bastante común enunciar como ámbitos aplicables los siguientes: el pre-judicial –legal o tribunalicio-, el comunitario, el familiar, el laboral, el penal, el internacional –diplomático o “de vaivén”-, el educacional, el de disputas públicas, el de crisis o en situaciones de riesgo, el ambiental, el empresarial, el de consumidores, etc., etc.
Dicho de otro modo, en todo ambiente en el que interactúen dos o más seres humanos, la mediación es posible a la hora de pensar en la resolución de las diferencias que entre ellas se produzcan o, eventualmente, puedan llegar a suscitarse. En todo caso, se trata de aprender a mirar con ojos nuevos las mismas cosas; acorde con la reflexión de Marcel Proust cuando sostiene: “El verdadero acto del descubrimiento no consiste en encontrar nuevas tierras sino en verlas con nuevos ojos”.
Conceptualización, características particulares y alcances de la mediación en la escuela
Las instituciones educativas tampoco escapan a las situaciones de conflicto; muy por el contrario deberán, si aún no lo han hecho –a partir de la nueva concepción de escuela moderna- capitalizar el conflicto y educar a partir del mismo. Ello significa que todos los actores de la comunidad (léase: educadores y educandos, no docentes y familias de los alumnos) deben esforzarse por abandonar la connotación negativa tradicional del conflicto y optar por su cambio de valencia. Sólo así, la tan anhelada “educación para la paz”, será posible.
Tanto el rol del mediador como el proceso, se vislumbran más flexibles y permeables a cada situación e institución educativa en particular. Nótese, a modo de ejemplo, que los programas mediación educativa pueden ser implementados desde los mismos jardines de infantes hasta los propios centros universitarios, públicos y privados, de los más diversos niveles sociales, culturales y económicos. Ergo, el rol puede ser desempeñado –y adaptado en consecuencia- por un adulto o por un menor, por un docente o por un alumno, por un profesional mediador o por algún “idóneo comedido”. Otro tanto ocurre con el proceso, toda vez que a medida que se institucionaliza se torna menos formal y más ágil: en una escuela en donde se “median” los conflictos desde hace una década, las primeras etapas –del proceso- prácticamente pasan desapercibidas, habida cuenta de que no tiene mayor sentido explicitar lo que ya todos conocen.
Un poco de historia, antecedentes y organismos
Estados Unidos hace más de quince años que viene implementando la mediación en muchas de sus escuelas elementales y medias. Justamente por ser pioneros y remontarse a ese país la historia de la mediación en las escuelas voy a dedicarle un párrafo especial. A saber:
Siempre pensando en cómo hacer para disminuir la ola de violencia escolar, ya desde principios de la década de 1960 diversos grupos de personas -algunos de ellos religiosos- se interesaron por transmitir lo importante que resultaría entrenar a los niños y jóvenes en las distintas habilidades y técnicas de resolución pacífica de disputas escolares. Convengamos que una serie de docentes “con muy buenas intenciones” trabajaron desde sus puestos en tal sentido, pero estos esfuerzos carecieron de una estructura adecuada y, poco tiempo después, cayeron en desuso. Recién casi dos décadas después, la asociación Educadores para la Responsabilidad Social comenzó a organizar estas inquietudes, que se cristalizarían en 1984 con la creación de una segunda asociación de trascendencia internacional: la Academia Nacional para Mediadores en Educación (NAME).Su principal soporte se basaba en la experiencia misma de aquellos que ya se habían animado a dar sus primeros pasos en los diversos programas de mediación ensayados en sus respectivas escuelas. Los resultados arrojados en las mismas fueron determinantes: “la mediación mejora la comunicación y reduce el conflicto escolar”.
Hoy, varios años después, las estadísticas y los hechos ratifican la veracidad de aquellas afirmaciones: las escuelas que “más paz” tienen son las que han implementado algún programa -ya hay más de 300 variantes- de este tipo.
Los organismos dedicados al tema también se han multiplicado, aunque, lamentablemente, no tanto como el incremento de la violencia, la agresión, la intolerancia y la incomunicación en el mundo; inclusive dentro del pequeño mundo de la escuela, que -por supuesto- no queda exento.
Costa Rica tomó la iniciativa de sancionar una ley que incorpora de manera obligatoria los contenidos relacionados con la resolución pacífica de controversias a las diferentes currículas escolares.
Francia y Canadá, entre otros, se han destacado por la implementación de una serie de programas de convivencia social tendientes a la formación y entrenamiento tanto de los estudiantes como de los docentes.
En toda Latinoamérica se han practicado y se practican varias experiencias piloto. Casi todas resultaron exitosas, pero la mayoría, con la salvedad de honrosas excepciones, de transitoria duración.
Argentina hace vanguardia entre los países de América del Sur. Prueba de ello, resultan los programas de mediación que comenzaron a aplicarse al promediar la década del 90 y que aún continúan vigentes.
La Ciudad de Buenos Aires con su masivo programa para escuelas públicas y los múltiples proyectos - reconocidos internacionalmente- que se pusieron en marcha en varios colegios (públicos y privados, laicos y religiosos) de la Provincia homónima, son muestras documentadas, perdurables y eficientes de la tarea realizada a favor de la paz escolar. En tal sentido, merece mencionarse la “Experiencia de La Reja” por haber sido reconocida como el “primer proyecto latinoamericano en mediación escolar” por diversos organismos internacionales como “The Community Board Program” de San Francisco (U.S.A.) y “Peace Education Foundation” con sede en Miami. Esta experiencia de convivencia escolar con mediación global y de pares, se implementó –bajo la conducción de este mismo autor- a partir de 1994 en una pequeña comunidad del conurbano bonaerense denominada “La Reja”.
Otro tanto ameritan los denodados esfuerzos del interior que, desde Resistencia hasta Bariloche, se encargaron de recorrer diferentes caminos pero con los mismos puntos de llegada: reducir el conflicto, mejorar la comunicación y favorecer la convivencia escolar.
Legislación local; soportes a nivel nacional, provincial y municipal
A nivel nacional, rige desde el 20 de agosto de 1997, la resolución 62/97 del Consejo Federal de Cultura y Educación: “Criterios básicos para el desarrollo de normas de convivencia en las instituciones escolares”, en donde se recomienda expresamente a la mediación como alternativa de resolución de los conflictos escolares.
Dentro de las jurisdicciones provinciales, valen destacar la Ley chaqueña Nº 4711/2000: “Plan provincial de mediación escolar”, no sólo por su vanguardismo sino también por su contundente apuesta a esta herramienta favorecedora de la buena convivencia escolar; y la Ley Nº 6937/02 de la Provincia de Mendoza: “Ley para la No violencia escolar”, que incorpora el concepto de mediación entre pares. Las provincias de San Juan y del Chubut, por su parte, han emprendido caminos legislativos semejantes.
En el ámbito municipal, se difundió el proyecto del concejal cordobés Hugo Caparros, pronto convertido en la ordenanza 9801/97 del H.C.D. de la Ciudad de Córdoba: “Implementación de la mediación escolar en las escuelas municipales de la Ciudad de Córdoba”, aunque –lamentablemente- el presupuesto de la comuna no acompañó las expectativas generadas tanto por su iniciador (Caparros) como por las nobles intenciones del proyecto mismo.
Después de la última reforma constitucional, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley Nº 223: “Sistema escolar de convivencia” reglamentado a través del Decreto 1400/01, desde donde se alienta la implementación de estas nuevas formas de resolución de disputas escolares.
Modelos y programas en ejecución
En principio, se pueden distinguir, básicamente, dos grandes modelos: la mediación externa y la mediación interna. A saber:
La mediación externa a la escuela ocurre cuando una persona ajena a la misma y entrenada en Mediación y Resolución de Conflictos, ayuda a las partes a trabajar sus diferendos, pudiendo llegar a un acuerdo o no. La estrategia funciona así: una vez identificado un conflicto, generalmente de trascendencia institucional, la Dirección de la escuela convoca al o los expertos en R.A.C., que suelen tener a disposición de las escuelas públicas las dependencias correspondientes del Gobierno Escolar de cada jurisdicción. De tratarse de una escuela de gestión privada, ésta podrá optar por contratar los servicios de cualquier centro de mediación de la misma naturaleza. El mediador o equipo pertinente se acercará al centro educativo en cuestión, se interiorizará a fondo del conflicto e intentará arribar a un acuerdo con las partes que lo afrontan. Finalizada esta gestión, que puede durar horas, días o meses, y más allá de haber arribado o no a un acuerdo, el o los especialistas externos se retirarán de la institución, elaborando el informe de rutina con un detalle de sus actuaciones, cuidando no violar el derecho de la confidencialidad. Esta alternativa presenta como ventaja, a los efectos de la neutralidad e imparcialidad, el no conocer previamente a la institución, ni a los mediados. Esto mismo, sin embargo, también se podría ponderar como un inconveniente.
La mediación interna o dentro de la escuela, en cambio, opera cuando actores de la comunidad educativa (alumnos, profesores, autoridades….) entrenadas en Mediación y Resolución de Conflictos, ayudan a que personas de la institución escolar que voluntariamente lo deseen, puedan trabajar para resolver las diferencias que los alejan. A modo de ejemplo y por tratarse de modelos de esta naturaleza, cito a la mayoría de los que se vienen implementando en Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires desde 1994 a la fecha.
Asimismo, dentro del modelo de Mediación Interna, destaco cuatro programas:
Mediación en el aula que consiste en educar, desde el mismo salón de clases, en valores pacíficos (como la justicia, la solidaridad, el respeto, la tolerancia, etc.) y enseñar técnicas de gestión de conflictos, ya que los mismos forman parte de nuestra vida cotidiana y también de la escolar. Estos programas los puede llevar a cabo el mismo maestro, cualquier profesor capacitado, un preceptor, etc.
Mediación entre pares o de dimensión horizontal, también llamada “mediación paritaria o entre iguales”; cuyas experiencias más tempranas se desarrollaron en sendas escuelas de San Francisco y Nueva York, Estados Unidos. Por su significación especial, desarrollaré esta variante específicamente en el siguiente punto.
Mediación con un mediador adulto o de dimensión vertical. En este caso el adulto pertenece al staff de la institución pudiendo o no ser docente. Se le llama “vertical” porque el mediador (o mediadores) que interviene pertenece a un nivel distinto -generalmente superior- en el organigrama institucional. Es de suma utilidad para trabajar los conflictos de los más pequeños (nivel inicial y primeros años de la escuela primaria). En todo caso, el adulto/docente deberá “despojarse” transitoriamente de ese rol para poder desempeñar con éxito este otro nuevo y, por supuesto, comunicárselo claramente a las partes. De no ocurrir esto, es muy probable que los mediantes confundan al mediador con alguien que detenta cierta autoridad legitimada en la escuela, que no se corresponde con la del conductor de este proceso.
Mediación global, integral, cruzada o “mix”. Tal como se infiere de sus denominaciones es el modelo más completo, ya que estarían en condiciones de participar del mismo cualquier actor de la comunidad educativa; esto incluye a alumnos, familiares, docentes, no docentes, directivos, etcétera. Pero atención, porque “completo y sencillo” no son sinónimos; habrá que estar muy atentos a cada caso particular: ¿entre quiénes se ha producido el conflicto?, ¿son o no pares entre sí?, ¿qué tipo de disputa los enfrenta?, ¿quién/es auspiciarán de mediadores? y, de tratarse de una co-mediación: ¿serán dos mediadores pares o de distinta dimensión? son algunas de las preguntas que deberemos saber responder “antes” de dar inicio a la mediación.
Asimismo, según se encuentre previsto en cada Programa de Mediación, de acuerdo a los documentos institucionales que lo sustenten (P.E.I. –Proyecto Educativo Institucional–, P.C.I. –Proyecto Curricular Institucional–, A.I.C. –Acuerdo Institucional de Convivencia–, etcétera), se pueden planificar distintas formas de aplicación; algunas de ellas están relacionadas con el tiempo y el lugar donde pretendan desarrollarse, otras con la currícula y otras con la preparación previa; verbigracia:
Programa de aplicación experimental o piloto: Es el que, por ejemplo, se implementa en un solo curso y durante el 2º semestre del año. Se suele recomendar en el ámbito educativo, a modo de prueba. En todo caso, después de la debida evaluación y a medida que evoluciona, se podrá ir extendiendo o ampliando a otro/s curso/s.
Programa de aplicación parcial: Funciona en un sector de la institución y/o con un segmento de las personas que lo integran. Ejemplo: Sólo en el turno vespertino (para todos) o, dentro del turno vespertino entre los alumnos.
Programa de aplicación completa o institucional: Abarca a toda la escuela y a todas las personas que forman la comunidad, pudiendo incluir hasta las familias de los alumnos.
Programa de aplicación extracurricular o experiencial: El programa se implementa en forma autónoma e independiente de la currícula. Es común, por ejemplo, que el gabinete psicopedagógico o el servicio de orientación utilice, provechosamente, esta herramienta.
Programa de aplicación curricular: En este caso se incluyen y aprovechan contenidos trabajados desde la currícula de los distintos espacios/materias o áreas. En este sentido, prácticamente todos los espacios curriculares ofrecen contenidos “permeables” a la mediación; desde lengua hasta ciencias sociales, pasando por los números, las artes y la educación física. El aprovechamiento curricular no sólo fortalece, sino que además –bien tratado– jerarquiza a la estrategia que nos ocupa.
Programa de aplicación a través de la capacitación: Estos programas sirven, fundamentalmente, para “concientizar” a los actores de la comunidad educativa sobre las ventajas que ellos traen aparejadas. Se desarrollan a través de una o dos jornadas de capacitación, de modo tal, que toda la escuela sepa de qué estamos hablando; esto incluye al personal docente y no docente, a los alumnos y eventualmente, a los padres.
Programa de aplicación a través del entrenamiento: Dedicado sólo a aquellas personas que ya obtuvieron la capacitación y desean profundizar sobre el tema y/o convertirse en posibles mediadores educativos. El entrenamiento se implementa a través de un curso específico, conducido por uno o más expertos en la materia, cuya duración es muy variable (15 a 40 horas) y que se puede desarrollar dentro o fuera de la institución educativa, preferentemente ajeno al horario escolar.
Las mediaciones entre pares
Un espacio aparte entiendo que amerita la experiencia de la mediación entre pares o entre iguales o mediaciones paritarias; la que tantas satisfacciones nos producen.
Es sabido que de una crisis se puede salir fortalecido, tanto como que, a raíz de un conflicto -pasando por una instancia de encuentro-acuerdo- se pueden llegar a mejorar y profundizar las relaciones humanas.
Ahora bien, en el caso de la escuela, si el que facilita estas gestiones es un alumno (mediador), entonces la experiencia puede convertirse en fascinante ya sea desde el punto de vista personal autorevalorizándose (protagonismo, atribución de poder, etc.) como desde la óptica social (contactándose con la realidad, conociendo y comprendiendo al otro, aprendiendo de sus diferencias, etc.).
A esto se lo conoce como “mediación entre pares o entre iguales o mediaciones paritarias” y, por enrolarme en esta línea, se me permitirá continuar argumentando en su favor. A saber: los pares, en general, comprenderán mejor que nadie los conflictos de sus compañeros sin tener que realizar esfuerzos mayúsculos y ello les facilitará colaborar para encontrar la solución al problema. Además, hablan del mismo modo, utilizan idénticos códigos y, muchas veces, porque no se los relaciona directamente con las autoridades escolares, permiten una mayor confianza y sinceramiento espontáneo.
Y qué decir de las partes cuando, en verdad, son las primeras beneficiadas: pueden sentirse importantes, fueron escuchadas, respetadas, invitadas a reflexionar... en fin: ¡Un verdadero crecimiento!
Esta forma de mediar se ha multiplicado prolíferamente en la última década. Un estudio empírico realizado en Nueva York durante 1986, nos reveló resultados por demás alentadores. Sintetizo a continuación, los datos más significativos del mismo. A saber:
El propósito de esta investigación fue establecer una base empírica sobre la cual formular juicios sobre el impacto del programa; para ello se seleccionaron tres áreas: a) el efecto sobre el ambiente disciplinario escolar; b) el impacto en los estudiantes mediadores paritarios; y c) el efecto entre los contendientes estudiantes.
La escuela “intermedia” que se tomó como referencia fue una institución educativa del Estado de Nueva York, a donde acuden adolescentes de 6º a 8º año con una edad promedio de 13,1 años.
Esta escuela utiliza un programa en donde se preparan alumnos mediadores paritarios en un curso de entrenamiento cercano al inicio del ciclo lectivo.
Para examinar el impacto global del aludido programa, se distribuyó entre todos los estudiantes y docentes al comienzo y al finalizar el año escolar, un mismo cuestionario con una batería de preguntas. Con idéntica frecuencia, otro cuestionario más amplio –que incluía preguntas relacionadas con la “autoimagen”- se empleó sólo para los mediadores paritarios a fin de evaluar el efecto del programa en ellos. Finalmente, para evaluar la efectividad del programa entre las partes en conflicto, se valoraron sus tasas de satisfacción con el proceso de mediación paritaria, su conformidad con el acuerdo y las dificultades disciplinarias posteriores.
Finalmente, a la hora de evaluar la marcha del Programa y tabular algunos resultados, se obtuvieron las siguientes conclusiones:
Que los mediadores intervinieron, durante ese año, en 81 casos; la mitad de los cuales se relacionaban con rumores del tipo: “el/ella dijo…” y la otra mitad con acosos o peleas físicas;
Que el 75 % de las partes involucradas, afirmaron que, de no haber sido por el Programa, hubieran continuado con sus diferencias;
Que la escuela registró una merma del 16,7% en las peleas físicas, con respecto al año anterior, en el que no funcionaba el programa;
Que el Programa tuvo un alto impacto positivo en el ambiente disciplinario global escolar; que ayudó a reducir el nivel de problemas disciplinarios violentos y, fundamentalmente, que ocasionó importantísimos incrementos positivos en la autoimagen referenciada de los mediadores paritarios, tanto en el área social como en las actitudes vocacionales-educativas.
Entiendo oportuno relacionar este último párrafo/conclusión de la Escuela de Nueva York con los resultados obtenidos en las últimas encuestas sobre la marcha de uno de los programas bonaerenses que superviso, en donde el 69,4% de la población escolar, a ocho años de su implementación, se muestra complacida con el programa. En idéntico sentido, y con mayor beneplácito aún, se manifiestan alumnos mediadores, mediados y entrenados.
Algunos inconvenientes; muchas ventajas
Al momento de listar los inconvenientes, se me ocurren citar: la falta de políticas adecuadas, trabas burocráticas para incluir contenidos afines en las respectivas currículas, carencia de presupuesto, escasez de capacitadores, resistencia y/o temor a los cambios e innovaciones.
A contrario sensu, ventajas son las que sobran, e independientemente de los alicientes resultados arrojados tanto por las experiencias foráneas como por las locales, a la hora de seleccionar ejemplos ventajosos insisto con que la mediación en las instituciones escolares fundamentalmente nos permite educar y, en función de ello:
- canalizar el conflicto a través de una senda adecuada,
- aprender del mismo conflicto,
- capitalizarlo como elemento pedagógico,
- facilitar la comunicación,
- favorecer la convivencia,
- resaltar los valores sostenidos por la resolución pacífica de controversias: respeto, compromiso, solidaridad, ayuda, responsabilidad y paz; entre tantos otros.
Escuela, convivencia y mediación
Sostiene el pedagogo español Xesús Jares desde su obra: “Educación y Conflicto” (2001): “Si en la escuela tradicional la principal tarea consistía en evitar la aparición de conflictos, en una escuela democrática el conflicto pasa a transformarse en un espacio singular y privilegiado que se debe aprovechar al máximo para educar” , porque “la democracia constituye en sí misma un principio educativo, un modelo y una forma de educación” y para ello, es indispensable la participación.
La disciplina, para los estudiantes –como el conflicto, para los adultos- suele tener una lectura negativa. Ocurre que, en verdad, confundimos un modelo de disciplina (duro, férreo, como sinónimo de obediencia ciega) con la disciplina en sí –que tiene que ver con la observancia de las normas-. En la vereda opuesta, encontramos el modelo (antagónico del primero) del permisivismo y el dejar hacer.
Por otra parte, convengamos que la disciplina es necesaria en todo proceso educativo, aunque en la escuela democrática de hoy, atento a lo antedicho, no estaría mal comenzar a pensar en un 3º modelo ecléctico: el modelo de la “disciplina democrática” asentado en el diálogo, el razonamiento, la persuasión, la negociación y mediación de los conflictos.
\ En tal sentido, debería buscarse la cohesión y la integración, la confianza, la autoestima, la autonomía, la empatía, las buenas relaciones, el crecimiento y el aprendizaje cooperativo. Por el contrario, debería evitarse: la exclusión, el miedo y las amenazas, la indiferencia, la sumisión y el dominio, la ridiculización y la humillación, el derrotismo y la competitividad interpersonal.
\ Cierto es que comenzar a profundizar sobre el tema de la disciplina, lleva implícito la reflexión sobre el modelo de educación que queremos. No conviene pues, tomarlo a la ligera; sepamos darle el tiempo y el espacio que merecen en cada institución. Sepamos también que, en el marco de la definición de tal modelo, puede o no desembarcar un programa de mediación; propiciémoslo pero no lo forcemos. Y sepamos finalmente –y por todo lo antedicho- que la mediación, en este ámbito específico, puede –y permítaseme redoblar la apuesta- y “debe” convertirse más que en un método de resolución alternativa o adecuada de conflictos (RAC), en una estrategia e instrumento pedagógico, en un método de resolución educativa de conflictos; de allí pues es que prefiero utilizar la sigla REC cuando me refiero al ámbito en cuestión.
Por último, recordemos que la palabra disciplina deriva del latín: “discere” y significa aprender, mientras que convivencia proviene del mismo idioma “convivere” y equivale a vivir en compañía de otro/s. De eso se trata en definitiva: “de aprender a con-vivir”, nada más...¡nada menos!
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Pretender profundizar sobre el tema de la disciplina escolar, lleva implícito la reflexión sobre el modelo de educación que queremos. No conviene pues, tomarlo a la ligera; sepamos darle el tiempo y el espacio que merecen en cada institución.
Las instituciones educativas tampoco escapan a las situaciones de conflicto; muy por el contrario deberán, si aún no lo han hecho –a partir de la nueva concepción de escuela moderna- capitalizar el conflicto y educar a partir del mismo.
En toda Latinoamérica se han practicado y practican varias experiencias piloto de mediación de conflictos escolares. Argentina hace vanguardia con diversos proyectos que comenzaron a aplicarse al promediar la década del 90 y que aún continúan vigentes.
Se pueden distinguir, básicamente, dos grandes modelos de mediación para la escuela: la mediación externa y la mediación interna y, dentro de esta última, cuatro programas: mediación en el aula, entre pares o de dimensión horizontal, con un adulto mediador o de dimensión vertical y mediación global o integral.
En las mediaciones “entre pares” el mediador puede ser un alumno (o dos), enriqueciéndose tanto desde el punto de vista personal: “autorevalorización” (protagonismo, atribución de poder, etc.) como desde la óptica social: contactándose con la realidad, conociendo y comprendiendo al otro, aprendiendo de sus diferencias, etc.
Estos Programas aplicados con seriedad y sostenidos en el tiempo, en general, arrojan un alto impacto positivo en el ambiente disciplinario global escolar, ayudan a reducir el nivel de conflictos y, fundamentalmente, favorecen la convivencia y la comunicación, a la vez que previenen eventuales situaciones de violencia.
La mediación puede y “debe” convertirse más que en un método de resolución alternativa o adecuada de conflictos (RAC), en una estrategia e instrumento pedagógico, en un método de resolución educativa de conflictos; de allí pues es que prefiero utilizar la sigla REC cuando me refiero al ámbito escolar.
Biography
Es el 1º Doctor Universitario en Mediación y Mediación Educativa de Latinoamérica.
Doctorando y Profesor en Ciencias Jurídicas.
Director Profesional de Instituciones Educativas.
Escribano. Abogado. Procurador.
Mediador registrado en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Diplomado en mediación educacional en Estados Unidos y especializado en España.
Autor y director del 1º proyecto latinoamericano de mediación educativa (1991)
Ha escrito y publicado unas treinta ponencias y artículos relacionados con la resolución educativa de conflictos (REC) y es autor de cuatro libros, cuatro módulos de educación a distancia, un seminario “on line” y cinco videos didácticos.
Es docente universitario de mediación en carreras de grado y posgrado en Universidades Argentinas y del exterior.
Fue y es capacitador y conferencista en más de un centenar de foros locales, internacionales y extranjeros: Inglaterra, España, U.S.A., Chile, Cuba, etc.
Es Mediador educativo, prejudicial y comunitario.
Se desempeña actualmente como Regente del Colegio Santa Ethnea, en donde se implementa -desde 1998- un proyecto exclusivo de REC de su autoría.
El 17 de abril de 2007 disertó en el Aula Magna del Archivo y Museo Histórico “Dr. Arturo Jauretche” de Buenos Aires, como único orador del acto académico inaugural de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia, con el objetivo de exhibir los alcances de su tesis doctoral.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina publica -en forma de libro- un abstrac de 200 páginas de la aludida tesis.